domingo, 3 de julio de 2016

SOFTWARE LIBRE


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Es el conjunto de programas, procedimientos y documentos relacionados con el sistema hardware. Es la herramienta de que se vale el usuario para obtener el resultado esperado de un procesamiento de datos. Código Fuente: (Programa Fuente) Es un texto escrito en un lenguaje de programación para crear el programa. Es la forma del programa legible por el programador. Licencia: Es la forma en que un autor permite el uso de su creación por otras personas, de la . manera que el cree aceptable. Es el instrumento que regula las maneras en que el usuario puede utilizar el software. Copyright : Es el derecho legal de un autor que obtiene por el resultado creativo de un trabajo original. Es una forma de protección garantizada por la ley. 
 

 DIFERENCIAS ENTRE SOFTWARE LIBRE Y SOFTWARE PRIVADO
  • El software libre es aquel que puede ser distribuido, modificado, copiado y usado; por lo tanto, debe venir acompañado del código fuente para hacer efectivas las libertades que lo caracterizan.
  • Mientras que el software privado se refiere a cualquier programa informático en el que los usuarios tienen limitadas las posibilidades de usarlo, modificarlo o redistribuirlo (con o sin modificaciones), o que su código fuente no está disponible o el acceso a éste se encuentra restringido.
 
  
                     VENTAJAS Y DESVENTAJAS DEL SOFTEARE LIBRE

 
Ventajas
Desventajas
Ahorros multimillonarios en la adquisición de licencias.
La curva de aprendizaje es mayor.
Combate efectivo a la copia ilícita de software.
El software libre no tiene garantía proveniente del autor.
Eliminación de barreras presupuestales.
Se necesita dedicar recursos a la reparación de erratas.
Beneficio social para el país.
No existiría una compañía única que respaldará toda la tecnología.
Beneficio tecnológico para el país.
Las interfaces amigables con el usuario (GUI) y la multimedia apenas se están estabilizando.
Muchos colaboradores de primera línea dispuestos a ayudar.
El usuario debe tener nociones de programación, ya que la administración del sistema recae mucho en la automatización de tareas y esto se logra utilizando, en muchas ocasiones, lenguajes de guiones (perl, python, shell, etc).
Tiempos de desarrollo sobre algo que no exista son menores por la amplia disponibilidad de herramientas y librerías.
La diversidad de distribuciones, métodos de empaquetamiento, licencias de uso, herramientas con un mismo fin, etc., pueden crear confusión en cierto número de personas.
Las aplicaciones son fácilmente auditadas antes de ser usadas en procesos de misión crítica, además del hecho de que las más populares se encuentran muy depuradas.

Tiende a ser muy eficiente (porque mucha gente lo optimiza, mejora).
Tiende a ser muy diverso: la gente que contribuye tiene muchas necesidades diferentes y esto hace que el software esté adaptado a una cantidad más grande de problemas.
 
 Resultado de imagen para SOFTWARE LIBRE EN VENEZUELAEL SOFTWARE LIBRE EN VENEZUELA
                                                
Tiene   como  misión   potenciar   los esfuerzos  en materia de Informática  que se desarrollen en el Sector Gobierno y en las Comunidades  Organizadas,  con  el   fin  de contribuir  a   la  eficiencia  y  efectividad  del Estado,  así  como   impulsar  el  desarrollo  y fortalecimiento de la capacidad nacional del sector de las Tecnologías de Información.

La  comunidad  de  Software  Libre  radicada en Venezuela ha estado muy activa desde 1990   y   se   ha   expresado   de   diferentes maneras,  por   lo  que  se  ha  constituido  en promotora   de   la independencia   tecnológica   del   país.

El trabajo colectivo de esta comunidad ha sido   de   vital   importancia   para   concebir, desarrollar   y   ejecutar   proyectos   de Tecnologías   de   Información   Libres   que promuevan el ejercicio de la soberanía y la independencia tecnológica en Venezuela.  Un   ejemplo   es   el   Proyecto  Canaima Educativo, un  aporte  universal  con  sabor venezolano, que promueve la socialización del conocimiento, respetando las libertades y  necesidades  de  nuestro  país,  al   tiempo que aprovecha la experiencia y creatividad de los docentes venezolanos.
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Este sistema sociotecnológico va más allá de la Comunidad de Software Libre,  hay actores que no son técnicos, pero son fundamentales;   el   sector   productivo, educativo,  emprendedores  e   instituciones gubernamentales   se   integran   a   la construcción   colectiva  y   estratégica   de proyectos  en  Tecnologías  de   información Libres   que   coadyuvan   al   progreso   de nuestro país.

Se ha definido que un programa es Software Libre si respeta las libertades del usuario y de la comunidad. Si no existen esas libertades no estamos hablando de Software Libre si no de Software Privativo. El Software Privativo es aquel al cual no tenemos la posibilidad de compartirlo sin romper la licencia ni de conocer ni modificar el codigo fuente que contiene.
 
 
 
Con estas 4 libertades estamos contribuyendo a un Sistema Etico que respeta las Libertades del usuario y de la comunidad. Si no se dan las 4 Libertades o no se cumplen estamos antes un Software Privativo. Este tipo de software para la comunidad no es justo. Ya que el Software Libre puede ser controlado para y por la Comunidad. Si no quieres compartir el software es preferible que no desarrolles nada. Mejor compartir tus conocimientos con la Comunidad. 


Resultado de imagen para DECRETO 3390Reflexionar sobre el proceso de migración al Software Libre y su relación con la Soberanía y la Independencia Tecnológica, fue el objeto de una jornada que se realizó durante los días 21 y 22 de junio de 2006 en el auditorio de la Casa de Bello del Ministerio de Educación y Deportes (MED). 

En esta actividad diversos entes del Gobierno Bolivariano presentaron sus experiencias, avances y logros con relación al Software Libre, en particular con la aplicación del Decreto N° 3.390 y el estado del proceso de migración hacia los "Estándares Abiertos" que presenta la Administración Pública de venezolana.
Este Decreto de fecha 23 de diciembre de 2004, publicado en Gaceta Oficial N° 38.095 el 28 de diciembre del mismo año, dispone en su primer artículo que: "La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con estándares abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos".


Resumen: Plantea los mitos y realidades que se tejen entorno al uso de herramientas sobre estándares abiertos o Software Libre, haciendo una comparación entre las aplicaciones de éste último frente al Software Propietario o Privativo, expone sus diferencias en relación a la seguridad, así como a las ventajas del Software Libre para su aprendizaje, y describe como ha sido el avance del proceso de migración en el MED. Sobre este particular resaltó la ponente, que de un total de 33 servidores, 29 de ellos han sido exitosamente migrados a Software Libre.  También responde algunas preguntas del público asistente formulando recomendaciones para superar las dificultades que presentan los usuarios finales en el manejo de los servicios de estándares abiertos o Software Libre.


 Decreto Presidencial del Uso del Software Libre
Decreto Presidencial 3.390, concerniente al uso del Software Libre.

HUGO CHÁVEZ FRÍAS
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 110 y 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12 y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública y, 2º, 19 y 22 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, en Consejo de Ministros.

CONSIDERANDOQue es prioridad del Estado incentivar y fomentar la producción de bienes y servicios para satisfacer las necesidades de la población.

CONSIDERANDO
Que el uso del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos fortalecerá la industria del software nacional, aumentando y fortaleciendo sus capacidades.

CONSIDERANDOQue la reducción de la brecha social y tecnológica en el menor tiempo y costo posibles, con calidad de servicio, se facilita con el uso de Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos.

CONSIDERANDO
Que la adopción del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos en la Administración Pública y en los servicios públicos facilitará la interoperabilidad de los sistemas de información del Estado, contribuyendo a dar respuestas rápidas y oportunas a los ciudadanos, mejorando la gobernabilidad.

CONSIDERANDOQue el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, permite mayor participación de los usuarios en el mantenimiento de los niveles de seguridad e interoperatividad,

DECRETA
                                                                         Artículo 1.
La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos.

Artículo 2.
A los efectos del presente Decreto se entenderá por: Software Libre: Programa de computación cuya licencia garantiza al usuario acceso al código fuente del programa y lo autoriza a ejecutarlo con cualquier propósito, modificarlo y redistribuir tanto el programa original como sus modificaciones en las mismas condiciones de licenciamiento acordadas al programa original, sin tener que pagar regalías a los desarrolladores previos. Estándares Abiertos: Especificaciones técnicas, publicadas y controladas por alguna organización que se encarga de su desarrollo, las cuales han sido aceptadas por la industria, estando a disposición de cualquier usuario para ser implementadas en un software libre u otro, promoviendo la competitividad, interoperatividad o flexibilidad. Software Propietario: Programa de computación cuya licencia establece restricciones de uso, redistribución o modificación por parte de los usuarios, o requiere de autorización expresa del Licenciador. Distribución Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos para el Estado Venezolano: Un paquete de programas y aplicaciones de Informática elaborado utilizando Software Libre con Estándares Abiertos para ser utilizados y distribuidos entre distintos usuarios.
Artículo 3.
En los casos que no se puedan desarrollar o adquirir aplicaciones en Software Libre bajo Estándares Abiertos, los órganos y entes de la Administración Pública Nacional deberán solicitar ante el Ministerio de Ciencia y Tecnología autorización para adoptar otro tipo de soluciones bajo los normas y criterios establecidos por ese Ministerio.

Artículo 4.
El Ministerio de Ciencia y Tecnología, adelantará los programas de capacitación de los funcionarios públicos, en el uso del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, haciendo especial énfasis en los responsables de las áreas de tecnologías de información y comunicación, paralo cual establecerá con los demás órganos y entes de la Administración Pública Nacional los mecanismos que se requieran.

Artículo 5.
El Ejecutivo Nacional fomentará la investigación y desarrollo de software bajo modelo Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, procurando incentivos especiales para desarrolladores.

Artículo 6.
El Ejecutivo Nacional fortalecerá el desarrollo de la industria nacional del software, mediante el establecimiento de una red de formación, de servicios especializados en Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos y desarrolladores.

Artículo 7.
El Ministerio de Ciencia y Tecnología será responsable de proveer la Distribución Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos para el Estado Venezolano, para lo cual implementará los mecanismos que se requieran.

Artículo 8.El Ejecutivo Nacional promoverá el uso generalizado del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos en la sociedad, para lo cual desarrollará mecanismos orientados a capacitar e instruir a los usuarios en la utilización del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos.

Artículo 9.
El Ejecutivo Nacional promoverá la cooperación internacional en materia de Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, con especial énfasis en la cooperación regional a través del MERCOSUR, CAN, CARICOM y la cooperación SUR-SUR.
Artículo 10.
El Ministerio de Educación y Deportes, en coordinación con el Ministerio de Ciencia y Tecnología, establecerá las políticas para incluir el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en los programas de educación básica y diversificada.

Artículo 11.
En un plazo no mayor de noventa (90) días continuos, contados a partir de la publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, el Ministerio de Ciencia y Tecnología deberá presentar ante la Presidencia de la República, los planes y programas que servirán de plataforma para la ejecución progresiva del presente Decreto.

Artículo 12.
Cada Ministro en coordinación con la Ministra de Ciencia y Tecnología, en un plazo no mayor de noventa (90) días continuos, contados a partir de la aprobación por parte de la Presidencia de la República de los planes y programas referidos en el artículo anterior, publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela su respectivo plan de implantación progresiva del Software Libre desarrollado con EstándaresAbiertos, acogiéndose a los lineamientos contenidos en aquellos, incluyendo estudios de financiamiento e incentivos fiscales a quienes desarrollen Software Libre con Estándares Abiertos destinados a la aplicación de los objetivos previstos en el presente Decreto. Igualmente, las máximas autoridades de sus entes adscritos publicaran a través del Ministerio de adscripción sus respectivos planes.
Los planes de implantación progresiva del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos de los distintos órganos y entes de la Administración Pública Nacional, deberán ejecutarse en un plazo no mayor de veinticuatro (24) meses, dependiendo de las características propias de sus sistemas de información. Los Ministros mediante Resolución y las máximas autoridades de los entes que le estén adscritos a través de sus respectivos actos, determinarán las fases de ejecución del referido Plan, así como las razones de índole técnico que imposibiliten la implantación progresiva del Software Libre en los casos excepcionales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 del presente Decreto.

Artículo 13.
El Ministerio de Ciencia y Tecnología establecerá dentro de los planes y programas contemplados en el presente Decreto, mecanismos que preserven la identidad y necesidades culturales del país, incluyendo a sus grupos indígenas, para lo cual procurará que los sistemas operativos y aplicaciones que se desarrollen se adecuen a su cultura.

Artículo 14.
Todos los Ministros quedan encargados de la ejecución del presente Decreto, bajo la coordinación de la Ministra de Ciencia y Tecnología.
Dado en Caracas, a los días del mes de de dos mil cuatro. Año 194° de la Independencia y 145° de la Federación.  


PAPEL DEL MPPEUCT EN LOS PLANES Y DESARROLLO DEL SOFTWARE LIBRE EN VENEZUELA

En el marco de la conmemoración de los tres años de la Siembra del Comandante Hugo Chávez Frías, trabajadores del Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología (Mppeuct) y público en general participaron en el conversatorio “Tecnologías Libres como legado para la soberanía tecnológica”, realizado en la Plaza de los Pueblos y Saberes, en la ciudad de Caracas.

En la actividad se resumieron los logros de la Revolución Bolivariana en el área, a fin de afianzar la tan anhelada meta del Comandante Eterno, como es la soberanía tecnológica mediante el uso, desarrollo y apropiación de las tecnologías libres, software y hardware, así como las experiencias del conocimiento ejecutadas mediante los proyectos Canaima e Infocentro.

Joaquín Muñoz, del Centro Nacional de Tecnologías de Información (Cnti), se refirió a las tecnologías de información libre en el marco del proceso revolucionario y cuál fue el legado que en el área dejó el Comandante Chávez, entre los cuales hizo mención especial al proyecto Canaima Educativo y su marco histórico, y por qué surgió el paro petrolero que dan pie para empezar a hablar del Software Libre en Venezuela.

Enfatizó en que “el pueblo debe seguir recordando que tiene una historia, porque a veces olvidamos muy fácil. Debemos seguir buscando todas las iniciativas que están claras en el mundo del software en pro de activar el motor económico del país”. Destacó que la importancia del Canaima como software radica en que permite normalizar la gestión de tecnologías de información en las instituciones públicas, porque “la idea es que todos utilicemos la misma herramienta. Gestionar un error es mucho más fácil sobre una sola plataforma que sobre múltiples y así se fortalece este sistema”.

Igualmente, informó que se está probando la última versión de Canaima, que es la número 5. “En la actualidad, este sistema está más ajustado a la realidad de quien labora en la administración pública y para ello hemos estado recogiendo toda la información para conocer su evolución. El Canaima que está centrado para el sector público ya no es un sistema de uso genérico, sino que está enfocado en esta área”.

Por su parte, Marcos Salazar, representante de las comunidades de Software Libre, expuso el marco jurídico del área, como son los decretos 825 y 3.390, así como se refirió a la formación de los Infocentros, el uso de las Canaimitas en el Proyecto Caciquito dirigido a alfabetizar tecnológicamente a los niños. Habló, al igual, en nombre de la Comunidad Latinoamericana de programadores WEB “Juntos”.

Señaló que el trabajo de las comunidades “en ocasiones no se ve, pero lo hacemos desde muchos frentes, estamos en todas partes. El acceso a Internet nos permite tener un ámbito hiperespacial, lo que nos permite trabajar en otro proyecto, como lo es la formación de las Comunas Tecnológicas, a fin de unir estos conceptos”.

Sobre el legado del Comandante Chávez y el software libre, Salazar apuntó que “comprendió su importancia en el país y su consecuencia. Nosotros como comunidades somos el transporte de esa visión de que todo el país tuviera acceso al conocimiento a través de la tecnología”.

Mis conclusiones:

1.Apostar por el software libre supone una oportunidad local, además de ser una apuesta social.

2.Las políticas públicas en España son favorables al desarrollo del software libre ( proposición no de ley, creación del CENATIC, LAESP, LISI)

3.En momentos de crisis económica y definición de un nuevo modelo productivo el software libre es una oportunidad: ahorro para las administraciones publicas y apuesta por un tejido de TIC’s propio.

4.Se debe apostar por el software libre como una herramienta para la sociedad del conocimiento.

5.La apuesta por el software libre no es una cuestión técnica, es una cuestión social.





 
 

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